| Índice de Artículos |
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CAPITULO SEPTIMO
DISOLUCION DE LA ASOCIACION
Art. 56. La Asociación se disolverá por las causas previstas en las fracciones I, III y IV del Artículo 2612 del Código Civil del Estado de Jalisco.
Art. 57. Para decretar la disolución de la Asociación, en los casos de las fracciones I y III del artículo antes mencionado, se requerirá la presencia del número de Asociados y el voto que mencionan los artículos 27 y 28 de estos estatutos.
Art. 58. Una vez acordada la disolución de la Asociación, se procederá a la entrega de sus bienes al Estado para su aplicación, como dispone el artículo 9° de estos estatutos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Estos Estatutos entrarán en vigor el día 3 de Febrero del 2005, fecha de celebración de la Asamblea Extraordinaria y misma de su aprobación.-
SEGUNDO.- La Asamblea General de Asociados, considera como Asociados fundadores a los intervenientes en la formación preparatoria de la Asociación Civil, en particular los que suscriben el acta constitutiva con fecha veintiséis de Agosto de mil novecientos setenta y uno en esta ciudad y los concurrentes a la discusión y aprobación de los Estatutos.-
TERCERO.- La Asamblea General de Asociados reconoce expresamente que los estatutos constitutivos fueron protocolizados, el día 25 de Abril de 1972, ante el Notario Público número 2 de esta Municipalidad, Lic. Rodolfo Gómez de la Paz, según escritura número 902; fueron modificados en Asamblea Extraordinaria, de fecha 30 de Octubre de 1981, habiéndose remitido para su protocolización al Notario Público número 3 de esta Ciudad de Puerto Vallarta, Jalisco. Lic. Guillermo Ruiz Vázquez; sin que exista constancia de ello; asimismo que fueron modificados en Asamblea General Extraordinaria de fecha 15 de Abril de 1999, sin que fueran protocolizados, siendo estos últimos los que se encontraban en vigor, hasta la celebración de esta asamblea extraordinaria que los modifica.-
CONSEJO DIRECTIVO
ASOCIACION DE ABOGADOS DE PUERTO VALLARTA, A.C.
Lic. Carlos Fernando Cervantes Núñez Lic. Marco Antonio Flores García
Presidente Secretario
Lic. José Luís De Alba González
Tesorero



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